Con la escusa del anuncio de una nueva Sesión informativa EpTI-CHJ. Temas 9 y 10 el 23 de marzo por parte de la CHE sobre el Esquema Provisional de Temas Importantes, volvemos a colgar algunos comentarios que nos ha sugerido la lectura de uno de estos Temas Importantes.
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| Azud en Gurrea de Gállego con paso para peces |
Tema 09. Acciones para combatir la contaminación difusa por nutrientes y fitosanitarios agrícolas.
Antes de nada hay que dilucidar un posible equívoco producido por el nombre asignado a este tipo de contaminación. Se llama difusa este tipo de contaminación porque, por lo menos en la contaminación de las aguas subterráneas, la contaminación se produce en todo el territorio donde se distribuye el contaminante, es decir en toda la zona de cultivo donde se vierten los nutrientes, abonados y fitosanitarios. Sin embargo, esto no quiere decir que el responsable de la contaminación sea igualmente difuso. Muy al contrario, estos responsables de la contaminación son individuales o colectivos pero con DNI o NIF.
De igual manera que uno da por sentado que la inmensa mayoría de los contribuyentes responden puntualmente de sus obligaciones con Hacienda y por lo tanto a esa mayoría le parece no solo justo sino obligatorio e imperativo que la Hacienda Pública persiga con todo el rigor a quien no pague sus impuestos y defraude la confianza de todos los ciudadanos; así entendemos que la gran mayoría de los usuarios agrícolas o ganaderos cumplen la obligaciones legales que la administración les impone para evitar la contaminación difusa de las aguas subterráneas o superficiales. Parece lógico pensar que esos usuarios cumplidores colaborarían en perseguir a los que no cumplen para evitar que hagan a todo el colectivo responsable de su actividad delincuente. Aunque no tengo señales de que esto pueda ser así, si no más bien al contrario, sería más posible este aislamiento social y la denuncia pública si se identificara a los infractores. No hay sin embargo ninguna señal de que eso se haga o se tenga intención de hacer.
Tampoco hay planteados castigos a quienes incumplan las normas de obligado cumplimiento. Nadie entendería que Hacienda no castigara ejemplarmente a quienes defraudan, y todo el mundo entiende que si no lo hiciera, el fraude se multiplicaría rápidamente. En el tema de la contaminación difusa esto no pasa. No se identifica a los responsables ni hay planteadas medidas coercitivas en el caso que se identifiquen. Lo raro sería que con estas condiciones el Real Decreto 261/1996 hubiera funcionado. Y raro será que funcione el nuevo Real Decreto 47/2022.
El Informe de seguimiento DN91/676/CEE cuatrienio 2020-2023 es muy expresivo. Veamos como ejemplo el análisis en Aragón:
Tabla 117. Actividades agrarias, evolución y evaluación del nitrógeno en las ZZVV en Aragón.
Cantidad de nitrógeno orgánico exportado de las explotaciones. kt/año
Cantidad de nitrógeno orgánico procesado en plantas de biogás. kt/año
Tendencia favorable a la limitación de las pérdidas de nitrógeno.
Tendencia favorable a la limitación de las pérdidas de nitrógeno.
Efectivamente: no hay ninguna evaluación. Están los datos del incremento de km² de zonas vulnerables y de nitrógeno excretado por las cabañas ganaderas, pero no hay información de la cantidad de nitrógeno exportado de las explotaciones ni del procesado en plantas de biogás. Y ni la CEE ni nosotros somos dignos del mínimo análisis de tendencias favorables o desfavorables en el período analizado.
El Informe de seguimiento DN91/676/CEE cuatrienio 2020-2023 señala un altísimo nivel de cumplimiento de las medidas de los Programas de Actuación (del 100% en la inmensa mayoría de las explotaciones inspeccionadas). Cumplimiento que no es significativamente menor en el cuatrienio anterior. Esto nos plantea una gran contradicción: explotaciones que llevan 8 años cumpliendo las prescripciones de los Programas de Actuación y sin embargo, en esos 8 años se ha producido un aumento de la contaminación por nitrógeno de origen agrario (ver figura 6.1 del citado informe que muestra un claro incremento al pasar de 200.000 a 300.000 tn N en los últimos 8 años, a pesar de la interpretación en el texto del Informe).
Quizás algunas de las partes del informe nos podrían orientar de cual es el problema. Como estas:
“Se carece de datos sobre los indicadores cuantitativos que evalúan el impacto de las medidas aplicadas en el marco del PA. Así mismo, se carece de datos relativos al balance de nitrógeno orgánico y mineral en las explotaciones agrarias en las ZZVV de la Comunidad del País Vasco, e igualmente se carece de estudios de coste-eficacia en relación con la implementación de los PA sobre las ZZVV vascas”
“No se dispone de información sobre indicadores cuantitativos que evalúan el impacto de las medidas aplicadas en el marco del PA de la Comunidad Foral de Navarra”
“De acuerdo con la tabla anterior, aunque se desconoce el número de análisis del contenido de nitrógeno en el efluente ganadero, en los periodos de información de interés, para reducir el riesgo de contaminar aguas subterráneas, los efluentes y desechos orgánicos no deben aplicarse a menos de 35-50 m de una fuente, pozo o perforación que suministre agua para el consumo humano o se vaya a usar en salas de ordeño. En algunos casos, se puede necesitar una distancia mayor. Además, se recomienda mantener las orillas o márgenes con hierba”.
El documento de Temas Importantes reconoce que la contaminación difusa
“es uno de los problemas ambientales más importantes a los que se enfrenta la cuenca del Ebro”.
Es especialmente grave la contaminación de las aguas subterráneas ya que impide utilizarlas para abastecimiento (por la dificultad de eliminar los nitratos del agua y planteando problemas y costes añadidos por la necesidad de llevar a la zona afectada agua tratable) y su recuperación es prácticamente imposible. Después en gravedad van los embalses, ya que acumulan los nutrientes y tóxicos en los sedimentos (generando costes desproporcionados para su eliminación), por lo que siempre están disponibles y manteniendo constante la situación de eutrofia, aunque se elimine el causante de la contaminación. Estos aspectos de la contaminación difusa deberían regir la elección de medidas a tomar. Por otra parte, las medidas no solo deberían centrarse en las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos. Estos 30 años nos han enseñado que pueden aparecer nuevas zonas con contaminación difusa, y que por lo tanto las medidas limitantes deberían aplicarse también a aquellas zonas que aún no están contaminadas pero que podrían estarlo si no se toman medidas urgentes y serias.
El continuo aumento de Zonas vulnerables a nitratos desde la aprobación de la Directiva Nitratos, Directiva 91/676/CEE (hace 35 años)y de la incorporación a la normativa española en el Real Decreto 261/1996 (hace 30 años) son señales claras y evidentes de que no han servido para resolver el problema de la contaminación de las aguas superficiales y subterráneas por nitratos. La elaboración de un nuevo Real Decreto 47/2022 en el 2022, pasados más de 30 años de la Directiva viene a confirmar esta obviedad. El problema es que el nuevo real Decreto no es muy distinto del anterior ni plantea cambios de enfoque ni de perspectiva, Es más de lo mismo. Y como ya dijimos en las alegaciones a dicho RD, hay que ser muy confiado (si no tonto) para imaginar que si el anterior no sirvió para nada, esté por contra, y a pesar de todas las señales, si iba a funcionar.
El documento de Temas Importantes no ofrece ningún análisis de los 30 años de la aplicación de la normativa para reducir la contaminación difusa por nitratos y sus parejas inseparables los otros nutrientes y los fitosanitarios. Mal empezamos. Se plantean una serie de actuaciones de las que, siendo sinceros, solo cabe esperar que funcionen tan mal como hasta ahora. El juego de alternativas pierde todo interés cuando el “seguimiento de la eficacia de las medidas” que aparece en la estrategia Nitrache ni se cuantifica, y los costes del “seguimiento de los programas de actuación” tampoco aparecen. Es decir, no parece que la CHE vaya a dedicar ningún dinero a hacer el seguimiento de la eficacia de las medidas, y las CCAA tampoco parece que tengan mucho interés en hacer algo que no han hecho hasta ahora: el seguimiento de los programas; ya que si lo hubieran hecho, quizás los autores de este revisión del PHE nos habrían informado de porqué en 30 años no han funcionado las famosas medidas.

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